Se establecen las nuevas bases imponibles a la seguridad social, que regirán desde el mes de junio de 2026.
Por medio de la resolución N° 139/2026, la ANSES fija el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de abril de 2026, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley N° 26.417, será de $ 403.317,99.
Se establece que el haber máximo vigente a partir del mes de junio de 2026, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley N° 26.417, será de $ 2.713.948,17.
Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, texto según la Ley N° 26.222, quedan establecidas en la suma de $ 135.837,40 y $ 4.414.652,38 respectivamente, a partir del período devengado junio de 2026.
El importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, aplicable a partir del mes de junio de 2026, en la suma de $ 184.499,57.
El importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) prevista en el artículo 13 de la Ley N° 27.260, aplicable a partir del mes de junio de 2026 en la suma de $ 322.654,39.


